Diciembre 09, 2011
Leo de manera regular el blog medicosypacientes.com de la
Organización Médica Colegial (OMC) española, compuesta por los 52 Colegios de
médicos de España. Con fecha 07 de diciembre del año en curso fue publicado un
artículo titulado: “El TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) deniega las medidas cautelares pedidas por
el Colegio de Médicos de Toledo contra el Código Deontológico de la OMC. El
mencionado Código recoge 66 artículos. Contra dos de estos artículos se
pronunciaron los médicos de Toledo. He aquí los dos artículos:
55.1‐ El médico
está al servicio de preservar la vida a él confiada, en cualquiera de sus
estadios. El que una mujer decida interrumpir voluntariamente su embarazo no
exime al médico del deber de informarle sobre las prestaciones sociales a las
que tendría derecho, caso de proseguir el embarazo, y sobre los riesgos
somáticos y psíquicos que razonablemente se puedan derivar de su decisión.
55.2‐ El médico,
que legítimamente opte por la objeción de conciencia, a la que tiene derecho,
no queda eximido de informar a la mujer sobre los derechos que el Estado le
otorga en esta materia ni de resolver, por sí mismo o mediante la ayuda de otro
médico, los problemas médicos que el aborto o sus consecuencias pudiesen plantear”.
Para resumir, lo que disponen los artículos mencionados es que el
médico que se niega a practicar el aborto tiene la obligación de informar a la
mujer que lo exige cuáles son las prestaciones sociales a que tiene derecho en
caso de dar marcha atrás y proseguir con su embarazo y también informarle
cuáles son los riesgos físicos y psíquicos que pueden seguirse de la práctica
del aborto.
Imagino,
sin apartarme mucho de la realidad, el siguiente diálogo en un consultorio médico
español:
Paciente (P) – Doctor, tengo ocho semanas de embarazo y vengo a que me
practique un aborto.
Médico
(M) – Lo siento, señora, pero yo no practico abortos porque va contra mis
principios.
P –
Por ley, tengo derecho a abortar, doctor.
M -
Por ley, tengo derecho a negarme a la interrupción de su embarazo, señora. Mi
conciencia objeta.
P –
Envíeme entonces con un médico que no tenga objeciones de conciencia.
M -
No conozco médicos que interrumpan embarazos normales. Usted es la que debe
buscarlo.
P –
Si usted no los conoce, yo menos.
(Aquí es cuando el médico debe cumplir con lo
estipulado en los artículos 55.1 y 55.2. Como desconozco lo que establecen las
disposiciones españolas, lo que dice a continuación mi médico imaginario a la
mujer deseosa de abortar, es invento mío)
M – Permítame informarle lo siguiente, señora. Si usted decide seguir
con su embarazo y tener a su bebé, el Estado la ayudará con 500 pesetas
mensuales hasta que su hijo cumpla 18 años, le proporcionará leche, biberones y
pañales durante dos años. No tendrá que trabajar durante los primeros seis
meses que sigan al parto. Cuando se reintegre a su trabajo tendrá facilidades
de turno y de horario y su bebé será cuidado en una guardería cercana a su
domicilio. Excuso decirle que un pediatra calificado se hará cargo de todo lo
que afecte la salud de su niño. Se le aplicarán todas las vacunas necesarias.
Cuando el bebé enferme, Dios no lo quiera, usted será incapacitada para
trabajar, con goce de sueldo, hasta que él se restablezca y sane.
P –
Todo lo que me está diciendo ya lo sé, doctor. ¿Intenta usted convencerme para
no tener que practicarme un legrado?
M -
No intento convencerla de nada, señora. Le repito que es mi derecho negarme.
Además, debo informarle que someterse a una interrupción de embarazo tiene
riesgos. Todo procedimiento terapéutico puede seguirse de complicaciones graves
o leves, y en este caso estamos hablando de un procedimiento terapéutico
cruento, sangriento para que lo entienda mejor…
P –
(Interrumpiendo al médico) Sé lo que significa cruento, doctor, y lo acepto.
Estoy decidida a correr el riesgo. Estoy bien informada de las posibles
complicaciones. No piense que ignoro la posibilidad, entre otras, de que se me
formen coágulos en las venas de las piernas. Eso que ustedes llaman trombosis
venosa. Sé, incluso, que me pueden perforar el útero, desangrarme y morir.
M –
Pues adelante, señora. Ya le manifesté mi negativa y ya cumplí con informarle
de las prestaciones a que tiene derecho, mismas que usted conoce mejor que yo y
ya le informé de los riesgos, mismos que usted ha estudiado minuciosamente.
Ahora, si me permite, debo continuar con mi trabajo. Afuera hay 25 pacientes
esperando para pasar a consulta.
Entre las explicaciones del médico y las interrupciones y alegatos de
la mujer embarazada que quiere abortar, transcurre fácilmente media hora. A
esto hay que añadir que el médico debe consignar en el expediente de la mujer,
de manera muy explícita para protegerse de posibles demandas, todo el diálogo
anterior. Otra media hora. ¿Qué se pretende que hagan los médicos? Están
perdiendo tiempo para atender enfermos y esto, atender enfermos de manera ágil,
eficiente y respetuosa es su única y
principal función. La consulta imaginada por mí debió durar 30 segundos:
- Vengo a esto, doctor.
- Eso yo no lo practico.
Y con permiso.
Todas las mujeres de cualquier parte del mundo, e incluyo a las
analfabetas, que tienen derecho a servicios de salud, conocen sus derechos de
maternidad; y también todas saben que abortar es riesgoso. Los países que
legalizan el aborto deben contar con listas de médicos que no tienen Objeción
de Conciencia. Listas por estados, municipios y zonas. Esas listas deben ser de
conocimiento público y también deben ser de conocimiento público, en dichos
países, los derechos de maternidad y los riesgos que corre la mujer que decide
abortar. El 95% de las mujeres embarazadas que quieren abortar, están
embarazadas por un error que ellas cometieron. Ellas no pueden resolverlo y
recurren al Estado. El Estado “resuelve” (?) la situación legalizando el aborto
y le echa la papa caliente a los médicos. También es cierto, como es el caso de
España, que da a los médicos la opción de proceder o no, pero los obliga a
perder tiempo en funciones que no les corresponden.
¡Dejen
trabajar a los médicos! La principal actividad de los médicos es asistencial. No
les quiten el tiempo, que por cierto no les sobra, en funciones burocráticas que
corresponden a dependencias de trabajo social.
Dr. Ricardo Perera Merino
P.S. El “post” a que hago referencia se puede leer
en:
No hay comentarios:
Publicar un comentario